Paso 4: elaboración de la asamblea constitutiva

elaboración de la asamblea constitutiva

Una vez completadas satisfactoriamente las fases anteriores, el Comité Central de Organización convocará la Asamblea Constitutiva.

1. Convocatoria a Asamblea Constitutiva

En la reunión donde se entrega la propuesta de Estatutos y el Perfil de Proyecto a los asociados/as, también se debe brindar la convocatoria a la Asamblea Constitutiva y la agenda de la misma.

La Asamblea debe convocarse con al menos, 8 días de anticipación y un máximo de 15 días, según lo indique el Estatuto.

Descargue aquí un machote de convocatoria

 

2. Realización de la Asamblea Constitutiva

En la Asamblea participarán con voz y voto todos los futuros asociados y asociadas. Los participantes deberán haber estudiado previamente la propuesta de Estatuto.

En este punto es relevante recordar que solo podrán participar de la Asamblea Constitutiva aquellos asociados (as) que hayan cancelado el 25% del capital social suscrito y la cuota de admisión.

La Asamblea deberá realizarse en estricto apego a la agenda planteada. De esta Asamblea debe resultar el Acta Constitutiva, documento en el que se hace legal la constitución de la cooperativa, la cual deberá ser autenticada por un abogado/a. Como resultado de esta Asamblea se elige el Consejo de Administración el cual asume a partir de este momento la conducción de la cooperativa, éste será el responsable de la debida inscripción y administración de la cooperativa.

Descargue aquí un machote de acta constitutiva

 

3. Primeras sesiones del Consejo de Administración y de los Comités

Luego de la Asamblea Constitutiva se realizarán al menos tres reuniones por separado. Los/as integrantes del Comité de Vigilancia se reunirán para elegir entre ellos /as  los cargos de presidente/a, vicepresidente/a y secretario/a, así como la vigencia de los cargos, según lo establezca el Estatuto.

Lo mismo hará el Comité de Educación y Bienestar Social. Igualmente, se reunirá el Consejo de Administración y elegirá presidente, vicepresidente, secretario/a  y dos vocales, definiendo la vigencia de los cargos, según lo establezca el Estatuto.

Durante la sesión del Consejo de Administración también se designará un/a Gerente, quien no necesariamente debe ser asociado/a de la cooperativa.

En cada reunión se levantará un Acta que firmará el/la presidente y el/la secretario (a) respectivo. Dichos acuerdos se resumen en una nota que es firmada por el presidente/a, el secretario/a y el o la Gerente. Debe ser autenticado por un abogado/a.

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