EXONERARÍAN DE RENTA LOS INTERESES DE AHORRANTES
DE COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO
El Plenario de la Asamblea Legislativa aprobó por unanimidad, el 24 de agosto pasado, una moción que exonera del pago del impuesto sobre la renta los intereses que se perciban sobre cualquier mecanismo de ahorro en las cooperativas de ahorro y crédito, así como los excedentes que se reciban de éstas.
Tal moción, incorporada al Proyecto de Ley de Pacto Fiscal y de Reforma Fiscal Estructural, permitirá que cuando los asociados a este subsector de las cooperativas reciban intereses o excedentes inferiores o equivalentes a $ 250 (doscientos cincuenta dólares) como producto de depósitos y ahorros, no se les gravará con dicho impuesto.
Juan Ayala, Presidente del Consejo de Administración de la Federación de Cooperativas Institucionales de Ahorro y Crédito (FECOOPSE) manifestó al respecto: “la gran mayoría de nuestros asociados son gente pobre, por lo que este acuerdo redundará en un mayor bienestar para éste tipo de personas y para la economía social del país”.
Por su parte, Rolando Barrantes, Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (INFOCOOP), manifestó:
“Esta es una medida justa porque la naturaleza cooperativa es diferente a la de una empresa tradicional. Desde 1992, con el Plan de Ajuste Estructural III (PAE III), se impuso renta a todos los cooperativistas sobre los excedentes percibidos. Esto no obstante que el artículo 3) de la Ley de Asociaciones Cooperativas establece que el hecho cooperativo no genera la base de la renta o bien que el hecho de generación de ese impuesto no ocurre debido a que los excedentes no son indispensables para que funcione una cooperativa dado que los asociados lo que esperan son servicios, la resolución a sus problemas o necesidades y, en muchos casos, la eliminación de intermediarios.
“Las cooperativas actualmente asumen altas cargas parafiscales por lo que deben hacer reservas legales, las cuales son irrepartibles, y que se distribuyen, por ejemplo, a diferentes comités como el de educación, el cual contribuye a cumplir una mejor responsabilidad social y humanización de estos entes”.
“En este sentido hay numerosos ejemplos de cooperativas que brindan un aporte sustancial a sus comunidades o a sus asociados, a saber:
COOPEAGROPAL R.L., en la zona sur, ha desarrollado una amplia red de caminos. También, hay comunidades que se distinguen por su desarrollo cooperativo tales como Pérez Zeledón o Grecia y a la vez disponen de un índice alto de desarrollo humano, mientras que en otros lugares como Buenos Aires, donde no hay empresas asociativas, se observa lo contrario.”
Rolando Barrantes también explicó que la Organización Internacional del Trabajo (OIT), organismo integrado por empresarios y trabajadores, acordó, en el año 2002, una recomendación (la número 193) a los países del mundo, adoptada por el gobierno costarricense mediante la directriz 31 del Ministerio de Trabajo, la cual establece, entre otros, lo siguiente:
“Una sociedad equilibrada requiere un fuerte sector cooperativo y el gobierno deberá buscar ventajas fiscales como medida de apoyo a las cooperativas.”
